Competencias Equipo Directivo

 

Son competencias del Equipo Directivo:

a) Asesorar a la Directora Titular o Equipo de Titularidad en el ejercicio de sus funciones.

b) Coordinar el desarrollo de los diferentes aspectos del funcionamiento del Centro, en orden a la realización de sus objetivos, sin perjuicio de las competencias propias de los respectivos órganos de gobierno.

c) Elaborar, a propuesta del Director Pedagógico, la Programación General Anual del centro, con las aportaciones de los distintos miembros de la Comunidad Educativa, en sus respectivas competencias, así como evaluar y controlar su ejecución.

d) Preparar los asuntos que deban tratarse en el Consejo Escolar.

e) Establecer el procedimiento de participación en la elaboración del Proyecto Educativo de Centro y otros documentos del Plan de Centro y en las directrices para el desarrollo de la programación.

f) Impulsar la formación permanente del profesorado.

 

Directora Titular

a) Ostentar la representación ordinaria de la Entidad Titular del Centro, con las facultades que ésta le otorgue.

b) Velar por la efectiva realización del Carácter Propio del Centro.

c) Velar para que se lleven a cabo las directrices pedagógicas en su Centro.

d) Solicitar de la Administración, previa aprobación de la Entidad Titular, la suscripción o modificación de los conciertos educativos y firmar los mismos.

e) Aplicar los criterios de selección de personal aprobados por el Consejo Escolar, formalizar la contratación y proponer a la Entidad Titular, para su aprobación, la decisión sobre la superación del período de prueba o conversión en indefinido de un contrato laboral.

f) Presentar al Equipo Directivo el Proyecto Educativo y el Reglamento de Organización y Funcionamiento, para proceder a su posterior concreción. Promover su aprobación por el Consejo Escolar y velar por su cumplimiento.

g) Proponer anualmente al Consejo Escolar el presupuesto económico previamente elaborado con el Administrador/a y el Director/a Pedagógico; y la rendición de cuentas, para su aprobación.

h) Solicitar la convocatoria del Consejo Escolar de manera extraordinaria.

i) Proponer a la Entidad Titular el nombramiento de los cargos unipersonales: Director/a Pedagógico y Coordinador/a de Pastoral.

j) Nombrar, previa consulta al Director/a Pedagógico, a la persona responsable de la Jefatura de Estudios y al Administrador/a.

k) Acordar la cesión o utilización de locales a otras entidades.

l) Cuidar en su Centro el cumplimiento de la legislación vigente.

m) Aprobar la aplicación de los proyectos de mejora, calidad y formación en su Centro.

n) Abrir, continuar y cancelar las cuentas corrientes que estén a nombre del Colegio que representa en cualquier entidad bancaria y, al efecto, librar cheques, recibos, transferencia, órdenes de pago y cuanto sea preciso para todo ello.

o) Proponer criterios para la selección de los libros de texto y elevar al Consejo Escolar finalmente la selección de los mismos, para su aprobación, teniendo en cuenta la valoración realizada por el Claustro de profesores.

p) Otras competencias recogidas en este Reglamento

 

Directoras Pedagógicas

a) Dirigir y coordinar la actividad docente del Centro.

b) Garantizar el respeto al Carácter Propio del Centro.

c) Impulsar y velar por la Pastoral del Centro.

d) Convocar y presidir los actos académicos y las distintas reuniones.

e) Velar porque sea respetado el horario por profesores y alumnos.

f) Visar las certificaciones y documentos académicos.

g) Favorecer la convivencia y resolver los asuntos de carácter grave planteados en el centro en materia de disciplina.

h) Nombrar los Tutores y Coordinadores previa consulta a la Directora Titular o Equipo de Titularidad.
i) Gestionar los procesos de admisión de alumnos.

j) Colaborar con la Directora Titular en el proceso de selección del profesorado.

k) Fomentar y establecer relaciones periódicas con la Junta Directiva de la Asociación de Padres y Madres del Alumnado.

l) Ejecutar los acuerdos del Equipo Directivo, Consejo Escolar y Claustro.

m) Ejercer la jefatura del personal docente y no docente en los aspectos educativos.

n) Elaborar el Presupuesto Económico, junto con el Administrador/a y la Directora Titular o Equipo de Titularidad y estar informado de su ejecución.

o) Aquellas otras funciones que le encomiende la Directora Titular o Equipo de Titularidad en el ámbito de sus competencias.

 

Jefes de Estudios

Ejerce, por delegación del Director/a y bajo su autoridad, la coordinación del personal docente en todo lo relativo al régimen académico:

a) Sustituir al Director/a Pedagógico en caso de ausencia o enfermedad.

b) Coordinar las actividades de orden académico y complementario del profesorado y alumnado, bajo la indicación del Director/a, en relación con el Proyecto Educativo, las Programaciones Didácticas y la Programación General Anual y, además, velar por su ejecución.

c) Colaborar con el Director/a en la elaboración de los horarios académicos y de profesores, de acuerdo con los principios del Proyecto Educativo, y del horario general del Centro, incluido en la Programación General Anual, así como velar por su cumplimiento.

d) Organizar los actos académicos.

e) Favorecer la convivencia en el centro y garantizar el procedimiento para imponer las correcciones que correspondan, de acuerdo con el Plan de Convivencia.

f) Organizar la atención y cuidado del alumnado en el periodo de recreo y en otras actividades no lectivas.

g) Coordinar y potenciar el desarrollo de diversos aspectos del proceso enseñanza-aprendizaje supervisando:

• La utilización de recursos materiales del centro.

• Las actividades complementarias y extraescolares.

h) Cualquier otra función que le pueda ser encomendada por el Director/a,
dentro del ámbito de su competencia.

 

Coordinadora de Pastoral

Son competencias del Coordinador/a de Pastoral:

a) Coordinar y animar la programación y desarrollo de las actividades pastorales de la acción educativa del Centro.

b) Convocar y presidir las reuniones del Equipo de Pastoral.

c) Actuar en colaboración con el Departamento de Religión, impulsando el proceso de enseñanza-aprendizaje del área de Religión.

d) Colaborar en la programación y realización de la acción educativa del Centro y en la tarea orientadora de los tutores en coordinación con el Departamento de Orientación.

e) Animar la coordinación de la acción pastoral del Centro con la de la Parroquia y la Iglesia Diocesana.

 

Coordinadora de Orientación:

Son competencias del Coordinador de Orientación:

a) Convocar y dirigir las reuniones del Departamento de Orientación.

b) Coordinar la elaboración, planificación y ejecución del Plan de Orientación y Acción Tutorial.

c) Dirigir y coordinar las actividades del Departamento, bajo la coordinación del Director/a Pedagógico.

d) Asesorar al profesorado, a los órganos de gobierno y a las estructuras organizativas del Centro, en el ámbito de la orientación y la tutoría.

e) Desarrollar programas de orientación con grupos de alumnado.

f) Mantener estrecha coordinación con el Coordinador/a de Pastoral.

g) Coordinar la organización de espacios e instalaciones asignadas al Departamento (Dpto de Orientación, aula de apoyo a la integración, etc), proponer la adquisición del material y el equipamiento específico asignado al Departamento y velar por su mantenimiento.

h) Colaborar en las evaluaciones que, sobre el funcionamiento y las actividades del Centro, promuevan el Equipo Directivo o la Administración Educativa, así como en las propuestas de mejora.

i) Colaborar con el equipo directivo y la Comisión de convivencia en el ámbito de la convivencia del centro.